Regulaciones

Colombia ofrece una oportunidad de inversión con ventajas comparativas en un mercado que está en expansión, los bajos costos de producción potencian la competitividad de futuros productos. Debido a una planificación meticulosa e investigación para cumplir con las normas del gobierno y las exigencias del emprendimiento, PBD cuenta con la certificación de la unidad agronómica y de semillas por parte del ICA y tiene aprobadas las licencias para el cultivo de cannabis psicoactivo y no psicoactivo; tanto las semillas como de plantas de cannabis. El estado actual del proceso de licenciamiento de Pharma Botanical es:

2020 Registro
2020 Registro
2020 Licencia
2020 Licencia
2020 Licencia
2021 Dececreto
2021 Resolución
2022 Registro
2022 Registro
2022 Registro
2022 Registro
2022 Registro
2022 Registro

Marco normativo nacional

Colombia ofrece una oportunidad de inversión con ventajas comparativas en un mercado que está en expansión, los bajos costos de producción potencian la competitividad de futuros productos.

Debido a una Ley 1787 de 2016, Decreto 613 de 2017 que reglamenta el acceso al uso médico y científico del cannabis y el Decreto 631 de 2018 que modifica el artículo 2.8.11; 11.1 y adiciona él numeral 15 al artículo 2.8.11.9.1. Decreto 631 de 2018: Por el cual se modifica el artículo 2.8.11; 11.1 y se adiciona el numeral 15 del artículo 2.8.11.9.1. del Decreto 780 de 2016.

Decreto 811 de 2021: Por el cual se sustituye el título 11 de la parte 8 del libro 2 del decreto 780 de 2016. Decreto 613 de 2017: Por el cual se reglamenta la Ley 1787 de 2016 y se subroga el Título 11 de la Parte 8 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, en relación con el acceso seguro e informado al uso médico y científico del cannabis. Decreto 613 de 2017: Por el cual se reglamenta la Ley 1787 de 2016 y se subroga el Título 11 de la Parte 8 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, en relación con el acceso seguro e informado al uso médico y científico del cannabis.

Resoluciones de los Ministerios del Gobierno Nacional

que regula técnicamente lo relativo a la evaluación y el seguimiento de las licencias de uso de semillas para siembra y cultivo de plantas de cannabis psicoactivo y no psicoactivo. Ministerio de Justicia y del Derecho.

Resolución conjunta de los Ministerios de Justicia y del Derecho, Salud y Protección Social y Agricultura y Desarrollo Rural.

Resolución 579 de 2017 por la cual se establece el criterio de definición de los pequeños y medianos cultivadores, productores y comercializadores nacionales de cannabis medicinal.

Resoluciones de Ministerio de Salud y Protección Social

Resolución 2891 de 2017 por la cual se establece el manual tarifario de evaluación, seguimiento y control aplicable a las licencias de fabricación de derivados de cannabis para uso médico y científico.

Resolución 2892 de 2017 por medio de la cual se expide la reglamentación técnica asociada al otorgamiento de la licencia para la producción y fabricación de derivados de cannabis.

¿Qué autoridades están involucradas con el cannabis?

Resolución Conjunta de los Ministerios de Justicia y del Derecho, Salud y Protección Social y Agricultura y Desarrollo Rural.

El Ministerio de Justicia y del Derecho que tramita la licencia para importación, exportación, plantación, cultivo, producción, adquisición, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución, uso y posesión de semillas, y otorga licencias para cultivo, producción de grano y semillas, derivados, entre otros.

El Ministerio de Salud y Protección Social, quien otorga la licencia de fabricación de derivados y transformación.

El Fondo Nacional de Estupefacientes, que es la autoridad que hace control administrativo y operativo una vez se haya expedido la licencia, y controla los productos terminados.

El ICA, respecto a las semillas, buenas prácticas agrícolas, registro de cultivares, entre otros.

El Invima, respecto a los registros sanitarios y certificación de buenas prácticas cuando se vaya a comercializar y producir un producto derivado de cannabis.